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A partir de la aprobación de la Nueva Constitución Política del Estado en el referendo efectuado en diciembre de 2009, el 22 de enero de 2010 se instituye el Estado Plurinacional de Bolivia.
El nuevo Estado reemplaza a la República de Bolivia, que fuera creada el 6 de agosto de 1825.
La flamante Carta Magna señala en su artículo 1 que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
El Estado de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres.
La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley: 1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley.
2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a Ley.
3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a Ley.
El Estado se organiza y estructura su poder público a través de los órganos Legislativo, Ejecutivo, Judicial y Electoral. La organización del Estado está fundamentada en la independencia, separación, coordinación y cooperación de estos órganos.
Órgano Legislativo
Se trata de la Asamblea Legislativa Plurinacional que está compuesta por dos cámaras, la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores, y es la única con facultad de aprobar y sancionar leyes que rigen para todo el territorio boliviano.
La Cámara de Diputados estará conformada por 130 miembros, la mitad de los cuales son elegidos en circunscripciones uninominales mientras que la otra mitad se elige en circunscripciones plurinominales departamentales, de las listas encabezadas por los candidatos a Presidente, Vicepresidente y Senadores del Estado.
La Cámara de Senadores estará conformada por un total de 36 miembros, siendo electos cuatro senadores por cada departamento.
Órgano Ejecutivo
Está integrado por el Presidente o Presidenta del Estado y por el Vicepresidente o Vicepresidenta del Estado, elegidos mediante sufragio directo para un período de cinco años, no reelegibles para el período inmediato.
A la fecha ejerce la presidencia del Estado Plurinacional Evo Morales Ayma. Mientras que el actual vicepresidente es el Lic. Álvaro García Linera.
Completa el Poder Ejecutivo el Gabinete de Ministros el cual es nombrado por el Presidente del Estado.
Órgano Judicial
La función judicial es única. La jurisdicción ordinaria se ejerce por el Tribunal Supremo de Justicia, los tribunales departamentales de justicia, los tribunales de sentencia y los jueces; la jurisdicción agroambiental por el Tribunal y jueces agroambientales; la jurisdicción indígena originaria campesina se ejerce por sus propias autoridades; existen además jurisdicciones especializadas reguladas por la ley. La jurisdicción ordinaria y la jurisdicción indígena originario campesina gozan de igual jerarquía. La justicia constitucional se ejerce por el Tribunal Constitucional Plurinacional. El Consejo de la Magistratura es parte del Órgano Judicial.
Órgano Electoral
El Órgano Electoral Plurinacional está compuesto por:
1. El Tribunal Supremo Electoral. 2. Los Tribunales Electorales Departamentales 3. Los Juzgados Electorales. 4. Los Jurados de las Mesas de sufragio. 5. Los Notarios Electorales.
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